Asueto 23 y 30 de diciembre en Mendoza: este es el decreto de Suarez

Este miércoles se publicó en el Boletín Oficial el decreto que establece asueto los viernes 23 y 30 de diciembre para los empleados de la administración pública de Mendoza.

Los viernes 23 y 30 de diciembre, previos a la Nochebuena/Navidad y Año Nuevo, habrá asueto para los empleados públicos de Mendoza. Así lo confirmó el gobernador Rodolfo Suarez, replicando la medida que tomó Alberto Fernández con la administración pública nacional.

Finalmente, este miércoles se publicó en el Boletín Oficial de Mendoza el decreto que establece asueto para los viernes 23 y 30 de diciembre para toda la administración pública provincial; de todos modos, habrá personal de guardia para servicios esenciales.

Por un lado, Fernández a nivel nacional justificó la medida en la necesidad de algunos empleados públicos de trasladarse al lugar de residencia de sus familias. Sin embargo, para justificar el asueto 23 y 30 de diciembre en Mendoza, Suarez no se extendió demasiado.

Promociones y horarios de fin de año en Palmares y el Shopping

Al respecto, entre los argumentos del asueto 23 y 30 de diciembre en Mendoza, Suarez planteó: "Que las citadas fechas constituyen tradicionalmente motivo de festejo y encuentro para todas las familias mendocinas, argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio".

Mirá el decreto 2330/22 con el que Suarez determinó que 23 y 30 de diciembre de 2022 sean asueto en Mendoza:

Vista la víspera de las festividades de NAVIDAD y AÑO NUEVO; y

CONSIDERANDO:

Que las citadas fechas constituyen tradicionalmente motivo de festejo y encuentro para todas las familias mendocinas, argentinas y extranjeras que habitan en nuestro territorio;

Que no obstante lo expuesto, resulta necesario disponer de un sistema especial de prestaciones de servicios, como guardias al solo efecto de esta Administración, especialmente para aquellos servicios calificados como "esenciales";

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del Artículo 128 inciso 1 y Artículo 46 de la Constitución de la Provincia de Mendoza;

Por ello,

EL

GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1º - Otórguese asueto al personal de la Administración Pública Provincial los días 23 y 30 de diciembre de 2022.

Artículo 2º - Exceptúese de lo dispuesto en el Artículo 1º a las Áreas del Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia, necesarias para la habilitación, suscripción y numeración del despacho de normas legales del Sr. Gobernador de la Provincia y al Boletín Oficial de la Provincia para las publicaciones pertinentes, habilitándose a tal efecto los días 23 y 30 de diciembre de 2022 de conformidad con lo establecido por el Artículo 46 de la Constitución de la Provincia de Mendoza. El Ministro de Gobierno, Trabajo y Justicia determinará el personal afectado al cumplimiento de las tareas establecidas en el presente artículo.

Artículo 3º - Los señores Ministros y Secretarios dispondrán la permanencia de personal de guardia en sus respectivas áreas, a los efectos de atender los asuntos de urgencias y/o esenciales.

Artículo 4º - Invítese al Poder Legislativo, Poder Judicial, Municipalidades, Organismos Descentralizados, Cuentas Especiales y Otras Entidades a adherirse a la presente medida.

Artículo 5º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

DR. RODOLFO ALEJANDRO SUAREZ

DR. ABG. VICTOR E. IBAÑEZ ROSAZ

Esta nota habla de:
Despidos de estatales: ¿qué opinás?