El reclamo del peronismo al IPV, que "le pasó la pelota" a los intendentes

Una senadora del PJ insistió en que el IPV incumple una ley sancionada años atrás. Pero desde el instituto consideran que no depende de ellos su cumplimiento.

Más allá de la multiplicidad de sectores que año tras año reclaman una casa (o un barrio) financiado por el IPV, desde el peronismo quieren establecer un cupo para un grupo determinado: que al menos el 5% de las viviendas sean para bomberos voluntarios; es decir, una de cada 20 que se entregan.

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Así lo planteó la senadora Adriana Cano, del peronismo de Las Heras; de hecho, es una de las candidatas a intendente que tiene el PJ en ese departamento, junto al delegado de Anses, Carlos Gallo; Daniel Urquiza (Movimiento Evita) y Diego Martínez Palau, entre otros.

"Solicitar al Instituto Provincial de la Vivienda disponga de un cupo no menor al cinco por ciento (5%) de las operatorias de vivienda, para ser adjudicadas a los integrantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios", dice el proyecto de resolución de Cano.

En realidad, Cano reclama que se cumpla lo que ya se aprobó en una ley (7679). Según la senadora, desde el IPV señalaron que "los municipios priorizan los casos sociales. Considera el organismo que el IPV carece de potestad de imponer cupos".

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En otras palabras, desde el instituto se desligaron del incumplimiento de esto cupo de viviendas para bomberos voluntarios, y sugirieron que es un tema que depende de cada municipio; es decir, de los intendentes que gestionan la construcción de barrios.

"Lo contestado por el IPV no se encuadra en lo establecido en la ley 7.679, norma que expresamente establece es que el IPV quien debe disponer de un cupo no menor al cinco por ciento (5%) de las operatorias de vivienda, para ser adjudicadas a los integrantes de los Cuerpos de Bomberos Voluntarios", agregó Cano.

Por lo tanto, desde el peronismo también pidieron: "Solicitar al Instituto Provincial de la Vivienda informe las acciones de coordinación y relevamiento llevadas a cabo con los Municipios de la provincia para adjudicaciones según lo establece el art. 24 de la ley 7.679".

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