El Ente de Movilidad detectó irregularidades en el GPS de los micros

El sistema es fundamental porque los propietarios cobran por kilómetro recorrido. Se detectaron algunas inconsistencias que complican el control que debe realizar el EMOP y que deriva en el pago que hace la provincia por el servicio que se presta.

El Ente de la Movilidad detectó dos irregularidades que complican el control de los recorridos del servicio de transporte público en Mendoza. El EMOP intimó a las empresas a regularizar la situación o, de lo contrario, se les aplicarán multas.

De acuerdo a lo que señalan este miércoles en la resolución 2021 del organismo, señalaron que hay "dos problemáticas" que "urge resolver" y que las firmas tendrán dos días para regularizar para evitar multas.

Se trata de dos cuestiones claves, porque el sistema de Mendoza considera el pago para los propietarios de los micros por el kilómetro recorrido, cuestión que no estaría siendo posible de certificar por los problemas encontrados.

La resolución detalla que un problema es la "existencia de situaciones donde las empresas tiene cargado una planificación de frecuencias con determinadas unidades en el sistema Wara( sistema provisto en virtud del cual es posible realizar el control del kilómetro recorrido), y al momento de realizar alguna de ellas, por diferentes motivos colocan otra en reemplazo, generando que el recorrido no se vea reflejado".

El Ente indica que "al momento de la presentación del descargo o recurso pertinente por parte de la empresa, advierte esta situación, comprueba la realización del servicio y debe archivarse el trámite iniciado, generando un dispendio administrativo innecesario".

Además, destacan que el otro problema es que "existen muchas líneas de las diferentes concesionarias que no inician el recorrido en el control, sino en un punto diferente, provocando que el sistema tome como inicio el punto de partida inicial, es decir, el control de la empresa, y no el real. Situación que provoca que quede registrado como adelantada la frecuencia".

Ante esta situación, el EMOP resolvió que "las empresas concesionarias del sistema de transporte regular urbano deberán rectificar dentro del plazo de DOS DIAS hábiles administrativos, la registración en el sistema wara del número de interno con el que cumple el recorrido, cuando difiera del cargado inicialmente".

Además, indican que "estas empresas deberán, en el plazo de CINCO DIAS, informar al E.Mo.P. todas las líneas que inician su recorrido en un punto geográfico diferente al control o garaje de las mismas. La comunicación será vía electrónica al correo oficial".

Finalmente, indican que "en caso de incumplimiento de la obligación establecida en el artículo 1°se fija pena de multa de hasta 200 U.F., y para el supuesto de incumplir la obligación prevista en el artículo 2° la pena será de hasta 500 U.F".

Esta nota habla de:
¿Hay que prohibir el uso de celulares en las aulas?