En vivo: El Senado debate la reforma del Poder Judicial y las 11 claves del proyecto

Leé aquí las claves del proyecto del Gobierno que ha generado polémica y seguí en vivo el debate. Los detalles principales del proyecto de la ley de Organización y Competencia de la Justicia Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las Provincias.

Estas son las claves del proyecto de reforma judicial del Poder Ejecutivo nacional que debate el Senado, con polémica y rechazo por parte de la oposición, y con manifestaciones fuera del Congreso:

  1. Se unifican los fueros Criminal y Correccional Federal y Nacional en lo Penal Económico, ambos de la Ciudad de Buenos Aires, bajo la denominación de fuero Penal Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  2. El proyecto crea 23 juzgados en lo Penal Federal con asiento en CABA, que pasarán a identificarse con los números 24 a 46.
  3. Las causas en trámite conservarán a sus jueces naturales, y las que se inicien irán a los 23 nuevos juzgados, que serán cubiertos por subrogantes.
  4. La Cámara Nacional de Casación Criminal elaborará un listado de subrogantes y los candidatos serán votados con dos tercios en el Consejo de la Magistratura. 
  5. Se establece un plazo de dos años para la instrumentación del Código Procesal Penal Federal que deberá implementar el nuevo sistema acusatorio, con mayor rol de los fiscales.
  6. Transfieren la totalidad de la competencia penal no federal a la Ciudad de Buenos Aires.
  7. Serán creados 5 Tribunales Orales en lo Penal Federal con asiento en CABA, que serán integrados por tres miembros y una secretaría cada uno.
  8. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico de la Capital Federal pasarán a formar una única Cámara denominada Cámara de Apelaciones en lo Penal Federal con asiento en CABA.
  9. Sorteos de causas: deberán ser grabados mediante medios técnicos. 
  10. Se mantendrá en los concursos de selección el examen escrito, preservando el anonimato, además de las audiencias públicas.
  11. En los traslados de secretarías y, ante el pedido de organismos de derechos humanos, se dispuso que no se incluirá a aquellas que, al momento de entrada en vigencia de la presente ley, instruyan causas donde se investigan delitos calificados como crímenes de lesa humanidad.

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