Guaymallén dará un bono de $ 16 mil y prevé otras bonificaciones mensuales

a Municipalidad de Guaymallén informó que convocó al Sindicato de Empleados Municipales (SOEMG) para la discusión salarial con vista a cerrar el 2021 y proyectar el 2022. Pero que "por razones propias del gremio, no aceptaron realizar un acuerdo, lo que obligó a la comuna a emitir un decreto con la pauta salarial".

Guaymallén fijó por decreto la pauta salarial para fin de año y 2022, luego de que el Sindicato de Empleados Municipales de Guaymallén (SOEMG) no aceptara la propuesta. "Por razones propias del gremio, no aceptaron realizar un acuerdo, lo que obligó a la comuna a emitir un decreto con la pauta salarial", señalaron desde la intendencia de Marcelino Iglesias y el texto el decreto es el siguiente.

ARTICULO 1º: AUTORIZASE una ayuda económica única y extraordinaria, a todos los agentes municipales escalafonados de la planta permanente y eventuales. Se abonará por persona y no por cargo, en concepto de estímulo económico único y extraordinario. Esta ayuda extraordinaria no será otorgada a personas que ostenten un cargo como funcionarios políticos y tendrá carácter de no remunerativo y no bonificable y se liquidará a través del CODIGO N° 125 denominado "BONO COMPENSACION Y ESTIMULO"; siguiendo el siguiente esquema de pago: en la primer liquidación suplementaria del mes de Enero de 2.022 se abonará la suma de PESOS DIEZ MIL ($10.000) y en la segunda liquidación suplementaria del mes de Enero de 2.022, se abonará la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000).- 

ARTICULO 2º: AUTORIZASE una ayuda económica única y extraordinaria, a todos los agentes municipales escalafonados de la planta permanente y eventuales. Se abonará por persona y no por cargo, en concepto de estímulo económico único y extraordinario. Esta ayuda extraordinaria no será otorgada a personas que ostenten un cargo como funcionarios políticos y tendrá carácter de no remunerativo y no bonificable y se liquidará a través del CODIGO N° 125 denominado "BONO COMPENSACION Y ESTIMULO"; siguiendo el siguiente esquema de pago: en la primer liquidación suplementaria de los meses de Febrero, Marzo, Abril y Mayo de 2.022 se abonará la suma de PESOS SEIS MIL ($6.000) y en la primer liquidación suplementaria de los meses de Julio, Agosto, Setiembre, Octubre y Noviembre de 2.022, se abonará la suma de PESOS SIETE MIL ($7.000).- 

ARTICULO 3º: AUTORIZASE el incremento salarial del CINCO POR CIENTO (5%) de la asignación de la clase inicial, que se abonará en los haberes del mes de Diciembre de 2.021, en iguales condiciones que las pactadas en el Decreto Nº 2848-2020.- 

ARTICULO 4º: AUTORIZASE el incremento salarial del TREINTA POR CIENTO (30%) de la asignación de la clase inicial, teniendo como base la asignación de la clase liquidada para Enero de 2022, no acumulativo y no bonificable y de acuerdo a la progresividad establecida en el Acta Paritaria Nº 20, siguiendo el siguiente esquema: a) un incremento del CINCO POR CIENTO (5%) con los haberes de Febrero de 2022; un incremento de un CINCO POR CIENTO (5%), no acumulativo, de la asignación de la clase, con los haberes de Marzo de 2022; un incremento de un CINCO POR CIENTO (5%), no acumulativo, de la asignación de la clase con los haberes de Mayo de 2022; un incremento de un CINCO POR CIENTO (5%), no acumulativo, de la asignación de la clase, con los haberes de Junio de 2022; un incremento de un CINCO POR CIENTO (5%), no acumulativo, de la asignación de la clase, con los haberes de Julio de 2022; un incremento de un CINCO POR CIENTO (5%), no acumulativo, de la asignación de la clase, con los haberes de Agosto de 2022.- 

ARTICULO 5º: AUTORIZASE un aumento del VEINTICINCO (25%) POR CIENTO en el valor del Servicio Extraodinario a partir de los haberes de Enero de 2022.-