Reunión clave en el café de un aeropuerto por el futuro del petróleo

Se difundió una reunión secreta que hubo la semana pasada en el aeropuerto Juan Domingo Perón, de Neuquén, entre el CEO de YPF, el gobernador Gutiérrez y el sindicalista petrolero más poderoso del país.

Ante los cambios que impulsa YPF en los convenios colectivos de trabajo de los distintos gremios petroleros, hubo resistencia por parte del sindicalista más importante del sector, Guillermo Pereyra, exsenador neuquino. En ese contexto, el CEO de la compañía bajo control del Estado, Sergio Affronti, se reunió en secreto con el titular del Sindicato de Petróleo y Gas Privado y el gobernador de Neuquén, Omar Gutiérrez.

El encuentro tuvo lugar en el café del aeropuerto Juan Domingo Perón, ubicado en la capital neuquina. De hecho, Affronti se tomó un avión desde Aeroparque solamente para participar de la reunión (no salió de la estación aérea). Allí, Pereyra le planteó la resistencia a los cambios en los convenios colectivos de trabajo que impulsa el CEO de YPF, quien ya acordó con algunos gremios, como el de Jerárquicos en Mendoza.

Un dato curioso de la reunión, que fue dada a conocer por el sitio Econojournal, es que participaron dos mendocinos: Affronti y Pereyra, quien si bien desarrolló su carrera sindical y política en Neuquén, es "nacido y criado" en el departamento de General Alvear.

Entre otros puntos, los cambios que impulsa YPF en el convenios colectivos de trabajo pueden resumirse en algunos puntos:

1. La empresa pagará al personal solo las horas de trabajo efectivamente realizadas. 

2. El bono de paz social y los adicionales por torre, disponibilidad y yacimiento dejaran de pagarse por separado y se abonarán bajo un único concepto denominado "adicional objetivo", que, a diferencia de lo que venía ocurriendo, será no remunerativo y no se tomará en cuenta para el pago de las horas extra. 

3. Las horas trabajadas durante los feriados nacionales se liquidarán de conformidad al artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo. 

4. Ante las necesidades operativas demandadas, los empleadores podrán utilizar la modalidad de contrato a plazo jo prevista en los artículos 93 y 94 de la Ley de Contrato de Trabajo.

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