La única renuncia aceptada no es política

Hoy en el Boletín Oficial reaparecieron juntas las firmas de dos funcionarios de Alberto Fernández que están en las antípodas: el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero (a quien Cristina Kirchner ya le está buscando reemplazo) y el supuestamente renunciante Martín Soria.

Hay amenazas de renuncias por todos lados en el gobierno nacional y aceptaciones que son corregidas minutos después, como lo que sucedió ayer con el ministro del Interior, Wado de Pero, que sigue en veremos.

Pero hoy en el Boletín Oficial reaparecieron juntas las firmas de dos funcionarios de Alberto Fernández que están en las antípodas: el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero (a quien Cristina Kirchner ya le está buscando reemplazo) y el supuestamente renunciante Martín Soria.

La renuncia aceptada por ellos no es política, o al menos no lo es del todo ni en el marco de la grieta del Frente de Todos. Se trata de Liliana Elena Catucci, quien con fecha de ayer dejó de ser vocal de la Cámara de la Cámara Federal de Casación Penal, Sala III.

Quién es Catucci y por qué se vio obligada a renunciar

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la sentencia que rechazó el pedido cautelar de la jueza de la Cámara Federal de Casación Penal, Liliana Catucci, de permanecer en su puesto en el Máximo Tribunal Penal, a pesar de haber cumplido los 75 años de edad. El fallo se dictó en la causa " Catucci, Liliana Elena c/ EN-M de Justicia y DDHH - art. 99 CN inc/ Medida cautelar"

El Tribunal integrado por Sergio Fernández y Carlos Grecco ponderó el pronunciamiento de la Corte Suprema en la causa "Schiffrin" y rechazó los argumentos de Catucci que remarcó que "dedicó cincuenta años de su vida al servicio del Poder Judicial de la Nación, y que su propósito siempre fue mantenerse en funciones mientras dure su buena conducta conforme la garantía de inamovilidad vitalicia que nuestra Constitución Nacional dispone para los jueces de la Nación, así como mientras su salud se lo permita".

Al respecto, los jueces explicaron que, si bien la Corte Suprema sólo decide en los procesos concretos que le son sometidos, y su fallo no resulta obligatorio para casos análogos, los jueces inferiores tienen el deber de conformar sus decisiones.

"Emana la consecuencia de que carecen de fundamento las sentencias de los tribunales inferiores que se apartan de los precedentes de la Corte sin aportar nuevos argumentos que justifiquen modificar la posición sentada por el tribunal, en su carácter de intérprete supremo de la Constitución Nacional y de las leyes dictadas en su consecuencia", agregaron los magistrados.

"Atento la claridad con la que el Alto Tribunal en la causa "Schiffrin" ha admitido la validez y otorgado carácter operativo a la norma constitucional en juego, sin efectuar una discriminación entre aquellos magistrados designados con anterioridad o posterioridad a la reforma de 1994, la medida cautelar requerida no puede ser admitida por no constatarse en la actualidad la verosimilitud del derecho invocado", finalizaron.

La norma es escueta y dice:

JUSTICIA

Decreto 619/2021

DCTO-2021-619-APN-PTE - Acéptase renuncia.

Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2021

VISTO el Expediente Nº EX-2021-83074356-APN-DGDYD#MJ, y

CONSIDERANDO:

Que la doctora Liliana Elena CATUCCI ha presentado su renuncia, a partir del 16 de septiembre de 2021, al cargo de VOCAL DE LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, SALA III.

Que el presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 4 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase, a partir del 16 de septiembre de 2021, la renuncia presentada por la doctora Liliana Elena CATUCCI (D.N.I. N° 5.453.164) al cargo de VOCAL DE LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL, SALA III.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Martín Ignacio Soria

e. 17/09/2021 N° 68640/21 v. 17/09/2021

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