El chasco de la CGT: los fundamentos del rechazo judicial a su planteo contra el DNU

La Justicia rechazó el amparo contra el DNU de Milei presentado por la CGT. Lo hizo al considerar que el DNU no está en vigencia. La decisión fue tomada en plena protesta de la central de trabajadores.

La justicia laboral rechazó hoy el amparo presentado por la Confederación General de los Trabajadores (CGT) contra el DNU de Javier Milei.

El juzgado laboral interviniente a cargo de José Ramonet rechazó la presentación de la central de los trabajadores aunque hay otras tantas presentadas en el fuero Contencioso Administrativo Federal.

"Desestimar la medida cautelar "interina" solicitada por la parte actora y correr traslado de la presente acción al Poder Ejecutivo Nacional - Jefatura de Gabinete de Ministros para que en el plazo de tres días, produzca el informe precautelar previsto en el art. 4 de la ley 26854, dando cuenta del interés público comprometido en la solicitud, informe que deberá responder en el plazo otorgado bajo apercibimiento de resolver", resolvió el juzgado.

El juez resaltó que el DNU todavía no rige y por ese rechazó el planteo. Ramonet explicó que "de entrar en vigencia, habría derechos colectivos afectados -como por ejemplo lo relativo a la regulación de las medidas de acción directa-, pero ello debería ser necesariamente cuestionado ante la existencia misma de un conflicto de estas características que, al menos en la demanda, no se especifica". El juez aclaró que "lo expuesto no significa sentar posición acerca de la validez constitucional del decreto cuestionado en general, y de las regulaciones laborales que contiene en particular, sino solamente sostener que, a criterio del suscripto, no se dan las condiciones para el dictado de una medida como la solicitada con carácter interino".

Por otra parte, el juez razonó sobre la necesidad de expedirse rápido en virtud de que el trámite en el Congreso para validar o no el DNU: "Por otra parte, dada la enorme trascendencia y afectación de distintos derechos que el DNU 70 /23 traería aparejado, y toda vez que, hasta el momento del dictado de la presente resolución, no se vislumbra que pueda constituirse la Comisión Bicameral, y que, además, el plazo constitucional para que el jefe de gabinete eleve a consideración dicha Comisión es de 10 días (art. 99, inc. 3CN), mientras que la entrada en vigencia de la norma cuestionada sería a los 8 días de su publicación, resulta obvia la necesidad de que sea tratada en forma rápida".

En otro tramo de su resolución, Ramonet señaló que a su criterio las demandas contra el DNU deberían tratarse por separado y no en una única causa colectiva. Esa fue la decisión que tomó su colega del fuero en lo contencioso administrativo federal Esteban Furnari que le dio el estatus de proceso colectivo al amparo que presentó el ex diputado Claudio Lozano, la CTA y ATE.

"En mi modestísima opinión- sería aconsejable que las acciones colectivas que se iniciaran (o que ya se han iniciado) se ´desagregaran´ por fuero especializado, siendo indiscutible en esta causa que el fuero llamado a entender en las cuestiones planteadas no sería otro que esta Justicia Nacional del Trabajo", planteó.

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