Así funcionará el comercio en la Ciudad en estos días hábiles restringidos
El municipio capitalino informaron los protocolos que están vigentes hasta el próximo domingo. Los mismos se adecúan a las restricciones establecidas por el Gobierno nacional y la Provincia. Enterate quiénes pueden abrir y conocé el valor de las multas para quienes no.
La Municipalidad de Mendoza detalló cómo será el funcionamiento del comercio en la Ciudad hasta el domingo 30 de mayo. Los protocolos comenzaron a implementarse el sábado 22, día en que entraron en vigencia las restricciones previstas en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).
Así, además de contemplar las disposiciones de la Nación, se adecúan a lo establecido por Mendoza y complementan lo determinado por la propia comuna.
Para refrescar, el DNU de Fernández suspendió la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.
La normativa excluye de este listado, por ejemplo, a los trabajadores esenciales (personal de salud, fuerzas de seguridad, entre otros), los supermercados mayoristas y minoristas, los comercios minoristas de proximidad (de alimentos, higiene personal y limpieza), las farmacias, las ferreterías, las veterinarias y los proveedores de garrafas.
Por otra parte, admite el retiro de alimentos en locales gastronómicos de cercanía y la venta de mercadería a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio o retiro.
Así, desde la comuna que conduce Ulpiano Suarez determinaron que la asistencia a los comercios esenciales y no esenciales de cercanía se realizará bajo el esquema de terminación del documento. Ello implica que las personas con DNI finalizados en 1, 2, 3, 4 y 5 pueden concurrir los días lunes, miércoles y viernes.
En el caso de los culminados en 6, 7, 8, 9 y 0, pueden hacerlo los días martes, jueves y sábados. El primer grupo puede comprar los domingos hasta las 14.00, mientras que el segundo puede hacerlo a partir de ese horario.
Hasta el domingo 30 de mayo, los comercios esenciales (supermercados mayoristas y minoristas, comercios minoristas de proximidad, farmacias, ferreterías y proveedores de garrafas) podrán atender al público hasta las 18.00.
Los negocios no esenciales de cercanía deberán operar hasta la misma hora, únicamente con plataformas de comercio electrónico, venta telefónica, delivery o retiro de mercadería.
Por su parte, los restaurantes podrán funcionar con la modalidad "pase y lleve" hasta las 18.00 y con servicio de delivery, hasta las 23.00. Vale recordar que permanece vigente el decreto municipal que fija el horario de apertura del comercio a las 10.00.
Las multas por incumplimiento de lo detallado anteriormente son de $10.000 para la persona en infracción y de $50.000 para el titular del establecimiento comercial. Cabe aclarar que se prevén también sanciones para quienes realicen reuniones familiares o sociales en domicilios particulares o espacios públicos.
En relación con esto, se recuerda que las salidas de esparcimiento al aire libre pueden efectuarse únicamente de manera individual (se prohíben las prácticas grupales) y en lugares de cercanía. Por último, es preciso tener en cuenta que la alerta sanitaria restringe la circulación desde las 18.00 hasta las 6.00 del día siguiente.