Qué diferencia y qué complementa la ley mendocina de Economía del Conocimiento de la nacional

La Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto de Economía del Conocimiento, que promueve mediante incentivos fiscales, hasta el año 2029, a las empresas y emprendedores en el diseño, adaptación y desarrollo de producción software y servicios afines a las nuevas tecnologías. Mendoza le dio media sanción el mismo día a una ley propia. Qué las diferencia.

Periodista y escritor, autor de una docena de libros de ensayo y literatura. En Twitter: @ConteGabriel

A nivel nacional fue aprobada la ley de Economía del Conocimiento luego de que el Senado formulara reformas. Y en Mendoza, un plan propio sobre el tema obtuvo la media sanción de la Cámara de Diputados local. La iniciativa nacional contó con el respaldo del Frente de Todos y de los interbloques provinciales -Unidad para el Desarrollo, Federal y Movimiento Popular Neuquino-, que sumaron 133; en tanto que 88 integrantes de Juntos por el Cambio se abstuvieron. Los dos diputados de la Izquierda, dos del PRO y Graciela Camaño, de Consenso Federal, fueron los cinco votos en contra.

En tanto en Mendoza, el proyecto local fue aprobado por todos los sectores políticos a excepción del FIT y con una única salvedad desde el oficialismo, menor, que fue puesto sobre la mesa por la demócrata Mercedes Llano, quien se opone a que se agregue la denominación de "Tierra del Conocimiento" a la provincia a raíz de la promoción de la economía naranja o digital.

Diferencias entre las leyes de Mendoza y del país

El presidente del Polo Mendoza TIC y titular del Concejo Deliberante de Godoy Cruz, Frabricio Cuaranta, evaluó que la propuesta elaborada en ese ámbito con amplia presencia de emprendedores, expertos e interesados en el tema, tiene algunas diferencias con la sancionada por la Nación.

Destacó "el posicionamiento de la provincia en el esquema nacional" y consideró que la media sanción a la que le falta pasar por el Senado local "da más certezas sobre su futuro económico y marca una hoja de ruta para diversificar la matriz productiva provincial". 

Sin embargo, consideró que "ambas normas van a terminar siendo complementarias". ¿Por qué? "La norma provincial también promueve la capacitación de las personas por medio del otorgamiento de subsidios y el nacional desgrava las cargas sociales patronales y reduce el impuesto a las ganancias", dijo Cuaranta. Agregó que "el proyecto nacional atrae las inversiones con un mejor tributación y el proyecto provincial trata que las inversiones sean en Mendoza donde se prioriza la generación de talento".

El empleo en el sector: una forma de medir el impacto de Mendoza

Carlos Pallotti, uno de los máximos expertos en la materia, le contó a Memo en un extenso análisis del sector, cuál ha sido y se prevé que sea el impacto de la Economía del Conocimiento en Mendoza. "Según datos publicados por el Ministerio de Trabajo de la Nación a través del SIPA durante el año 2019 se generaron en Mendoza 959 nuevos empleos registrados en las actividades incluidas en lo que se conoce como la Economía del Conocimiento", señaló. "De esta manera -agregó- la provincia (que totalizó 13.516 empleos en la suma de todas las actividades) tuvo la tasa más alta de crecimiento interanual de Argentina, por encima de la propia Ciudad de Buenos Aires". 

Pallotti destacó que "uno de cada cuatro empleos que se generaron en Argentina fueron aportados por empresas radicadas en Mendoza".

El valor diferencial de la ley mendocina

Uno de quienes tomó la palabra para defender el proyecto en Diputados fue el legislador demócrata Guillermo Mosso, quien diferenció los proyectos nacional y provincial. "La ley nacional invita a las provincias a que adhieran la régimen promocional. Mendoza adhiere y agrega un par de notas distintivas: primero, otorga estabilidad fiscal, lo que quiere decir que el empresario de la Economía del Conocimiento va a tener certeza de que mientras duren los 10 años de vigencia de la ley no va a tener aumento en los impuestos en Mendoza. En segundo lugar, la ley mendocina tiene una mesa sectorial que permite tener discusiones y debates que permite sostener debates en torno a las capacitaciones y perfiles. En la ley nacional existía un consejo consultivo que fue eliminado por la Cámara de Senadores, y solamente pueden ser consultadas cámaras de la actividad".

Mosso sumó una tercera diferencia de Mendoza con la ley nacional, y es que "genera un fondo específico para la formación de capital humano que se va a cofinanciar con el sector privado. Arranca con un aporte inicial de la Provincia y a partir del segundo año se empieza a nutrir con aportes de lo que la industria tributa en Ingresos Brutos. Aportarán el 10%, al siguiente año el 15% hasta llegar al 20%. Esto a nivel nacional no existe, ya que solo se prevé ayuda económica a proyectos puntuales".

La norma nacional, manoseada y criticada

La ley nacional salió, pero luego de que con el cambio de gobierno de Mauricio Macri a Alberto Fernández se cajoneara primero, suspendiera después y cambiara finalmente la norma existente. El peronismo sostuvo que la antigua norma beneficiaba a las grandes empresas y por lo tanto alegó que había que agregar a las pymes del sector. Tras ser cambiada en Diputados de la Nación, el kirchnerismo le ofreció aun más cambios en el Senado y tuvo que volver a la Cámara baja, hasta que ayer fue sancionada definitivamente como ley.

Este domingo, Memo publicó el planteo de Augusto Salvatto, quien es investigador asociado al Centro de Estudios Internacionales de la Pontificia Universidad Católica Argentina y en el que planteó que se trata de "una oportunidad perdida". Dijo que "el proyecto (ahora ley) con sus disposiciones sobre los bonos de crédito fiscal, desalienta la exportación de software, y con otras cuestiones fomenta la declaración de utilidades fuera del país".

Los principales puntos de la ley nacional aprobada ayer

El gobierno nacional difundió un punteo de la nueva ley nacional y lo compartimos en forma textual abajo:

- El régimen de promoción estará vigente desde el 1 de enero del 2020 hasta el 31 de diciembre de 2029.

- Las actividades comprendidas son la industria del software; la producción audiovisual en formato digital; la biotecnología, bioinformática e ingeniería genética; nanotecnología y nanociencia; industria aeroespacial y satelital; e ingeniería para la industria nuclear.

- Se podrán adherir las empresas constituidas en la Argentina o habilitadas a trabajar en el país.

- Las empresas deberán acreditar que el 70 por ciento de su facturación del último año esté vinculadas a las actividades promovidas.

- En el caso de emprendimientos nuevos se deberá acreditar fehacientemente el desarrollo de las actividades promovidas.

- Los beneficiarios deberán acreditar la realización de mejoras continuas en la calidad de sus servicios e invertir en la capacitación de sus empleados: un uno por ciento para las micro empresas, un dos por ciento para las pymes y un cinco por ciento para las grandes.

- Las empresas que inviertan en capacitar a desocupados menores de veinticinco y mayores de 45 años o mujeres que accedan por primera vez a un empleo formal, podrán computar por el doble de su valor.

- Otro requisito que deben cumplir es realizar exportaciones de bienes de las actividades promovidas en un porcentaje respecto de su facturación total del último año de al menos cuatro por ciento para las Micro Empresas y diez por ciento para las Pequeñas y Medianas Empresas y un trece por ciento para las Grandes Empresas.

- Los beneficiarios de la ley podrán convertir en un bono de crédito fiscal intransferible hasta el setenta por ciento de las contribuciones patronales que hayan efectivamente pagado.

- Dichos bonos podrán ser utilizados por el término de veinticuatro meses desde su emisión para la cancelación de tributos nacionales.

- El bono de crédito fiscal no podrá utilizarse para cancelar deudas anteriores a la efectiva incorporación del beneficiario al régimen de la ley.

- El beneficio ascenderá al ochenta por ciento de las contribuciones patronales cuando se trate de nuevas incorporaciones laborales de mujeres, personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no rectificado sus datos registrales; profesionales con estudios de posgrado en materia de ingeniería, ciencias exactas o naturales; personas con discapacidad; o personas residentes de "zonas desfavorables".

- El proyecto crea el Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento.


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