Prohíben en todo el país "piedras de diamante" usadas en clínica de Mendoza

Se trata de piedras de diamante cuyo fabricante en Buenos Aires no aportó datos sobre su origen. Son utilizadas en tratamientos odontológicos.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, Anmat, prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos: "Puntas / Piedras de diamante rotulada e identificada como: Hyper Stone - FG Standard - 35/848-018 y "Fresa metálica rotulada e identificada como Hyper Stone - FG Standard - ISO 012 - Metal". El ente nacional consideró que "se trata de productos médicos sin registro sanitario de los que se desconocen sus condiciones de elaboración y/o fabricación". 

El organismo dejó constancia que "existen productos médicos similares registrados ante esta Anmat que corresponden a la clase de riesgo II, ellos son: Puntas/Piedras de diamante: instrumento rotatorio utilizado por profesionales dentales para eliminar tejido cariado, preparación de cavidades, desgaste dental y materiales de restauración/prótesis instalados en un micromotor de alta velocidad, accionado por aire comprimido. A modo ilustrativo se menciona el PM 1139-186 y Fresas metálicas: Fresas dentales, utilizadas para preparación, acabado y pulido del esmalte y de los composites. Se menciona a modo de ejemplo el PM 1779-126".

De tal medida decidió informar al Ministerio de Salud de Mendoza, tras una inspección realizada a la firma Ferrer Salud Sociedad Anónima, con domicilio en la calle San Lorenzo Nº 260 en la capital mendocina, en donde hallaron ese material.

Según dejaron constancia en la Disposición 2439/2023, los funcionarios de la Anmat señalaron que "los fiscalizadores solicitaron documentación de procedencia de esos elementos y la representante aportó una factura emitida por Runstein Eduardo Cesar con domicilio en la calle Lisboa Nº 823 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 20-08400947-5, tipo C Nº 0001-0000068 del 22 de agosto de 2022 a favor de Ferrer Salud SA en la que se detalla: Piedras FG Standard y Fresas carb FG Standard p/Metal". Sn embargo, "el 23 de enero de 2023, por OI Nº 2023/103, personal de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud se constituyó en el domicilio antes mencionado a fin de verificar la documentación y los productos que comercializa la firma; no obstante ello no se obtuvo respuesta a los llamados a la puerta de ingreso".

Además, la Dirección de Gestión de Información Técnica de la Anmat "informó mediante NO-2023-07597709-APN-DGIT#ANMAT que no constan antecedentes de habilitación de las firmas Hyper Stone  y/o Runstein Eduardo César ante esta Administración Nacional en el rubro de Productos Médicos, como tampoco consta registro de inscripción ante esta Anmat de los productos Hyper Stone - FG Standard e Hyper Stone - FG Standard - Metal", según consta en la edición del Boletín Oficial de este martes 11 de abril.

Esta nota habla de:
¿Hay que prohibir el uso de celulares en las aulas?