La Justicia le dio la razón a Nación sobre los efectos de la Sputnik

Una mendocina había reclamado que Nación la indemnizara por una enfermedad contraída tras la inoculación con la Sputnik. Qué dijo la Justicia.

Gabriela Guilló

Una mendocina había demandado a Nación porque aseguraba haber sufrido una grave enfermedad tras a causa de la vacuna rusa Sputnik, contra el covid-19. La Cámara de Apelaciones rechazó la demanda "por el momento".

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La causa es inédita en Mendoza, ya que se trata de la primera vez que una persona demanda a la Nación por las posibles consecuencias sufridas por una vacuna contra el covid-19.

Según afirmaba María Molinero, fue inoculada con la vacuna Sputnik en 2020 con la primera dosis. Tras esto, ella asegura se desencadenó el Síndrome de Guillain Barré, una enfermedad neurológica que afecta las raíces motoras de los nervios periféricos. Esto hace que se pierda la mielina que recubre a los nervios, y el paciente pierde la fuerza desde los pies a la cabeza.

Cuando comenzó a sentir los síntomas y fue diagnosticada con el síndrome, los médicos le prohibieron que recibiera la segunda dosis de la vacuna contra el covid.

En ese momento, en Nación crearon la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas, es decir, un organismo que tiene como misión la vigilancia de eventos adversos que garantice que las vacunas utilizadas en nuestro país sean seguras para la población.

Molinero, entonces, reclamó ante la CoNaSeVa una indemnización, pero desde el organismo argumentaron que su padecimiento no tenía relación directa con la inoculación con la vacuna Sputnik y rechazaron la demanda.

La resolución sostiene que este rechazo puede ser revisado mediante un recurso directo en la Justicia Federal y así se hizo.

El reclamo fue a parar a la Cámara de Apelaciones de Mendoza donde solicitaron nuevas pericias médicas, la historia clínica de la paciente.

De esta manera, el Cuerpo Médico Forense concluyó que no existen elementos de rigor pericial que permitan inferir una asociación directa entre el síndrome padecido y la vacuna.

La Justicia, en tanto, tomó de referencia el dictamen del CMF como así también de la CoNaSeVa, que admitió que actualmente están frente a un evento clasificado como indeterminado o no clasificable. 

Esto significa que actualmente no hay estudios ni evidencias que permitan establecer que la vacuna Sputnik fue la responsable del desarrollo del Síndrome de Guillain Barré.

Por esta razón, la Cámara de Apelaciones rechazó el pago de una indemnización a Molinero, pero dejó abierta la posibilidad que la causa se revea a posteriori, cuando se cuente con los avances médicos y datos necesarios.


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