Suarez demanda a la Nación por la eliminación del "fondo soja"

El gobernador de Mendoza instruyó al asesor general de Gobierno para que accione contra Nación. Curiosamente, es por una decisión del expresidente Mauricio Macri: la eliminación del Fondo Federal Solidario.

Rodolfo Suarez demandará al Gobierno nacional por la eliminación del Fondo Federal Solidario en 2018, recursos que se obtenían de las retenciones a la soja y se coparticipaban con las provincias. De esta manera, se suma a otros gobernadores que acudieron a la Corte Suprema por el mismo motivo.

La eliminación del "fondo soja" la ejecutó el expresidente Mauricio Macri. En aquel momento, no se resistió la medida desde Mendoza, teniendo en cuenta que las retenciones iban a ir cayendo paulatinamente, por lo que el Fondo Federal Solidario no tendría sentido.

Sin embargo, aquella eliminación progresiva de las retenciones se dejó atrás y hoy se sigue recaudando y los recursos del "fondo soja" quedan exclusivamente para Nación.

Este jueves, en el Boletín Oficial, Suarez instruyó "al Señor Asesor de Gobierno para que, en representación de la Provincia de Mendoza y con la debida intervención del Señor Fiscal de Estado, formule demanda ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra el Estado Nacional".

Los objetivos de la demanda son, tal como se publicó en el decreto 913/2020, "obtener judicialmente: i) la declaración de inconstitucionalidad y consecuente nulidad absoluta del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 756/2018 (B.O. 15/08/2018) del Poder Ejecutivo Nacional (y normativa dictada a consecuencia de éste)".

Asimismo, reclama al Poder Ejecutivo Nacional del pago de lo que hubiese debido percibir la Provincia de Mendoza en caso de no haberse aplicado aquel DNU: cerca de 75 millones de dólares.

El decreto

Decreto N°: 913

MENDOZA, 29 DE JULIO DE 2020

Visto el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 756/18; y

CONSIDERANDO:

Que por la citada norma del Poder Ejecutivo Nacional, se eliminó unilateralmente el Fondo Federal Solidario creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 216/09 e incluido como parte del acuerdo intrafederal plasmado en el Consenso Fiscal 2017 (aprobado por Ley Nacional Nº 27.429 y Ley Provincial Nº 9045);

Que dicho Decreto adolece de vicios que hacen cuestionable su constitucionalidad, por lo que resulta necesario proceder a la interposición de las pertinentes acciones judiciales en defensa del patrimonio de la Provincia;

Que considerando la fecha de sanción del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 756/18 y a fin de evitar cualquier riesgo de pérdida de los derechos de la Provincia por el mero transcurso del tiempo, las acciones deberán ser interpuestas antes del 14 de agosto de 2020;

Que a tal efecto, corresponde instruir al Señor Asesor de Gobierno para que, en representación de la Provincia de Mendoza y con la debida intervención del Señor Fiscal de Estado formule demanda en defensa de los intereses de la Provincia;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Artículo 1º - Instrúyase al Señor Asesor de Gobierno para que, en representación de la Provincia de Mendoza y con la debida intervención del Señor Fiscal de Estado, formule demanda ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra el Estado Nacional, a fin de obtener judicialmente: 

i) la declaración de inconstitucionalidad y consecuente nulidad absoluta del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 756/2018 (B.O. 15/08/2018) del Poder Ejecutivo Nacional (y normativa dictada a consecuencia de éste);

ii) la orden al Poder Ejecutivo Nacional del pago de lo que hubiese debido percibir la Provincia de Mendoza en caso de no haberse aplicado el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 756/2018 con más los intereses que pudieran corresponder.

Artículo 2º - El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación.

Artículo 3º - Póngase en conocimiento del Sr. Asesor de Gobierno de la Provincia de Mendoza y del Sr. Fiscal de Estado de la Provincia de Mendoza el contenido del presente Decreto.

Artículo 4º - Comuníquese, publíquese, dese al Registro Oficial y archívese.

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