Habrá préstamos para asistir financieramente a los municipios que lo soliciten

Lo determinó mediante decreto el gobernador Rodolfo Suarez junto al ministro de Hacienda, Lisandro Nieri. Las condiciones, en esta nota.

El gobernador Rodolfo Suarez lanzó por decreto el "Modelo de Convenio de Préstamo -Art. 15 de la Ley N° 9243" que servirá para atender los desequilibrios financieros de los municipios de Mendoza. Esa situación se ha generalizado como consecuencia de la pandemia de covid-19. 

Así quedó establecido en el decreto 1071, en el que acompaña al mandatario el ministro de Hacienda y Finanzas, Lisandro Nieri.  Establece que de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 15 de la Ley N° 9243, el monto máximo a desembolsar por parte de la provincia de Mendoza en concepto de préstamo para los municipios, correspondiente al Programa para la Emergencia Financiera Provincial destinado a asistir financieramente a aquellas jurisdicciones con desequilibrios financieros, surge de aplicar el porcentaje (18,8%) a la suma recibida por Mendoza que fue de $1.900.000.000, en el marco del Programa para la Emergencia Financiera Provincial Decreto Nacional -2020-352-APN-PTE y RESOL-2020-223-APN-MEC del Gobierno Nacional. 

El ministro Lisandro Nieri destacó el objetivo y las características de los préstamos: "La finalidad será asistir financieramente a aquellas jurisdicciones con desequilibrios financieros. Se trata de préstamos que tendrán las mismas condiciones que dio el Estado Nacional a Mendoza. 

En este marco, se establece una amortización del capital de 36 cuotas mensuales y consecutivas. El primer vencimiento operará el último día hábil del mes de enero 2021 y la tasa de interés será de 0,10 % nominal anual". 

En cuantos a las adhesiones, Nieri adelantó que ya hay cinco municipios que han expresado su decisión de querer tomar el préstamo y ya han avanzado con la gestión administrativa para hacerlo efectivo. 

Asimismo, se determinó que para acceder al préstamo, los municipiosdeberán, en el término de 15 días de notificada la presente norma legal, presentar ante el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia una solicitud de préstamo, Además, los Municipios, deberán presentar la correspondiente autorización legal para hacer uso del crédito aprobado con las mayorías necesarias y adjuntar la correspondiente información fiscal y financiera a los efectos de demostrar el desequilibrio financiero. 

El plazo de presentación de la información detallada será hasta el día 15 de septiembre de 2020, el Ministerio de Hacienda y Finanzas podrá extender dicha fecha límite. Una vez presentada la documentación por el municipio solicitante del crédito, el Ministerio de Hacienda y Finanzas procederá a evaluar la información suministrada a efectos de determinar el monto del préstamo a ser otorgado a las jurisdicciones que acrediten la necesidad de asistencia financiera por sus desequilibrios financieros.

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